Excepciones (DCH) (Exceptions (Historical Dictionary of Canon Law in Latin America and the Philippines))

No. 2021-09

La excepción, instrumento jurídico con que el demandado intentaba excluir la acción del demandante, nace en el derecho procesal romano, pasa al derecho canónico y el derecho castellano y se adapta de acuerdo con las condiciones locales del derecho canónico en Indias. Este artículo expone detalladamente la regulación de las excepciones procesales en el ordenamiento de la Iglesia católica en las Indias durante el periodo comprendido entre los siglos XVI al XVIII, según las fuentes normativas de mayor uso y circulación. El autor ofrece un análisis del concepto, sus clasificaciones y formas de tramitación, así como de la interacción entre el foro civil y el eclesiástico. La exposición abarca las normas aplicables, tanto en el campo del derecho canónico universal como las específicas de la Iglesia en Indias. En este último campo, la regulación de las excepciones tuvo en cuenta las enormes distancias geográficas en el Nuevo Mundo, que exigían medidas que atemperasen la prolongación y carestía de los pleitos; las dificultades de la Corona para conocer con certeza las circunstancias que rodeaban una decisión, como podía ser la concesión de una encomienda; y la necesidad de proteger a los indios, entre otros aspectos. El artículo finaliza con un balance historiográfico de la institución.

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