Familia, hacienda y derecho en el espacio atlántico: el protagonismo de los cristianos nuevos

Jaime Contreras (Universidad de Alcalá)

La familia fue la primera institución de derecho en la sociedad hispánica del Antiguo Régimen. Los lazos familiares, expresión del conjunto de relaciones de mutua dependencia, se hallaban regulados por normas de derecho, así como todos los aspectos referidos a los contratos matrimoniales o a las normas regulatorias de las trasmisión de bienes. Dónde, quizás, no se haya prestado atención suficiente en este complejo ámbito de las relaciones familiares, haya sido en todo lo referente a la familia, entendida también como unidad de “empresa” en la organización de los negocios. Durante el S. XVII la minoría “portuguesa” de origen judeoconverso encontró especialmente eficaz esta forma organizativa para conseguir crear sólidas estructuras de negocio de alcance trasnacional entre Europa e Indias, que sobrepasaban, incluso, los límites institucionales de las Monarquías Europeas.

Asentadas en sólidos principios culturales, de base rabínica en muchos casos, y reforzada por lazos de paisanaje, de “raza” o, en algunos casos, religiosos, estas familias se constituyeron en el nervio organizativo de una consolidad economía-mundo que pivotaba, esencialmente en ambos lados del espacio atlántico. Tomando como punto inicial de referencia la estrecha relación, en el espacio de la domesticidad, entre la sangre, las normas religiosas  y la complejidad normativa casuística de orden moral y jurídico, esta minoría supo situar la familia, entendida en una dimensión de parentesco más o menos amplio, en la base sobre la que edificaron su estructura comercial de negocios; estructura que, en ocasiones condicionó la toma de decisiones de la más alta política.

Todo se organizó a partir de la llamada “casa de negocios”, convertida en estructura empresarial, como modelo para maximizar beneficios en la diversidad de negocios que la Casa- Familia generaba.   Una casa de negocios era una empresa con diversidad de actividades comerciales basa en una red de agentes distribuidos por los principales centros económicos, cuya dirección recaía sobre un núcleo familiar o bien sobre un solo miembro de éste, situado en una sede central que actuaba como coordinador del resto familiar y sobre la red de agentes. En principio las normativas de derecho bajo las cuales operaba esta “Casa” estaban sujetas a la naturaleza de  las circunscripciones territoriales donde actuaban, sin embargo la fluidez de los “negocios” y la versatilidad de la organización empresarial, le permitía disponer de un amplio espacio de discrecionalidad que le hacía inmune a las regulaciones de los “diversos derechos” por donde pasaban sus mercancías. Fue la capacidad de esta e estructura para adaptarse a las cambiantes coyunturas sociales y económicas y, también a los diferentes espacios normativos lo que otorgó a la “Casa” competitividad en los negocios y, sobre todo una enorme  influencia política en el juego de la política internacional.

La “casa de negocios” poseía una extensa red comercial que se extendía por los territorios de la Monarquía Hispánica, Indias incluía, y que operaba también en Portugal y su territorio transmarino; abarcaba, igualmente puntos comerciales de la Europa atlántica desde Francia hasta Hamburgo. Desde luego la Península Ibérica era el centro de operaciones y, dentro de ella, Madrid, como Corte y corazón de decisiones políticas. Aquí, entorno a Palacio, los líderes de estas “casas” negociaban los grandes asientos que constituían el nervio de aquella gran máquina.

La ponencia  analizará más,  en detalles específicos, el “modus operandi” de esta organizaciones que, desde un espacio de heterodoxia religiosa y desde la excepcionalidad jurídica, llegaron a ser los motores de las transformaciones económicas de este tiempo.

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