Presencia del derecho indiano en la praxis judicial chilena durante el siglo XIX

Roberto Andrés Cerón Reyes, Universidad de Chile

La pervivencia del derecho indiano a lo largo del siglo XIX es una cuestión indiscutida en la historiografía jurídica. En efecto, frente a la desarticulación de la monarquía indiana y de sus instituciones, existió una notable continuidad en materia jurídica; cuestión que se aprecia en la aplicación de las normas indianas para resolver los conflictos jurídicos que conocen los tribunales de los estados sucesores de la corona, entre otros aspectos.

En el caso de Chile, a partir del año 1837 los tribunales de justicia debieron cumplir con la obligación de fundar sus sentencias, por lo que su jurisprudencia forma parte de una de las tantas líneas de investigación para recrear la cultura jurídica de los letrados y la cultura de abogados del período. Así, la presencia del derecho indiano en los fallos dictados por los tribunales devela los cambios y persistencias propias de una época de tránsito en materia jurídica: la del derecho común e indiano a  la codificación, como lo fue el siglo XIX chileno. El presente estudio tiene por objeto rastrear la aplicación del derecho indiano en las sentencias dictadas por La Corte Suprema y Cortes de Apelaciones, extraídas de la revista jurídica Gaceta de los Tribunales, con especial énfasis en aquellas décadas en que se dictaron los primeros cuerpos de derecho nacional -códigos-.   

Zur Redakteursansicht